La Adopción en La República Dominicana
La adopción en República Dominicana, tanto nacional como internacional, se rige mediante el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes, Ley 136-03.
Descripción del servicio
La Ley 136-03, en su artículo 11, define la naturaleza de la adopción como “una institución jurídica de orden público e interés social que permite crear, mediante sentencia rendida al efecto, un vínculo de filiación voluntario entre personas que no lo tienen por naturaleza”.
Podrán adoptar las personas mayores de 30 y menores de 60 años de edad, independientemente de su estado civil, siempre que él o la adoptante garanticen idoneidad física, moral, social y sexual, que permita ofrecer a un niño, niña o adolescente un hogar que garantice su bienestar integral. Las mismas calidades serán exigidas a quienes adopten de manera conjunta.
Requisitos para adoptar en República Dominicana ( Documentos para Descargar) :
Adopción privilegiada nacional
Adopción privilegiada nacional por filiación desconocida
Adopción privilegiada internacional
Adopción privilegiada internacional por filiación desconocida
Procedimiento:
Dirigirse al Departamento de Adopciones del CONANI, con instancia y/o carta de solicitud formal dirigida a la Presidenta Ejecutiva del CONANI. Esta solicitud debe incluir todos los requisitos y/o requerimientos y los siguientes datos: generales de los solicitantes y su abogado (si lo hubiere), tipo de adopción y motivación de la misma, teléfono y correo electrónico.
Costo: Totalmente gratuito.
Tiempo de realización.
Depende del flujo de la lista de espera. Oscila entre 3.5 a 4 años.
Virgilio Santana Ripoll