Entidades financieras con capital extranjero en la República Dominicana.
En la República Dominicana existen actualmente (al 7/02/22) 48 entidades de intermediación financiera, regularizadas conforme a los lineamientos de la junta monetaria de la Republica Dominicana, de las cuales, 11 de estas tienen una participación accionaria extranjera significativa o total.
La Ley 16-95 sobre Inversión Extranjera, promulgada el 20 de noviembre de 1995, reconoce expresamente que la inversión extranjera contribuye al crecimiento económico y desarrollo de la República Dominicana y, por ello, elimina todas las barreras que antes existían al flujo de capitales hacia y fuera del país, y la Republica Dominicana, de acuerdo con cifras emitidas por organismos oficiales, durante nueve años captó un total de US$22,358.7 millones por concepto de Inversión Extranjera Directa (IED), lo cual indica la importancia implícita de este rubro de la economía.
Debido a la baja participación extranjera en el origen del capital accionario en la banca dominicana, muchos extranjeros preguntan en nuestras oficinas si es que existe alguna limitación para establecer y operar una entidad bancaria regulada para realizar intermediación financiera en la República Dominicana, pues notan que nuestro país, es uno de los mas estables y rentables del continente americano, en materia de inversión extranjera.
Sin embargo, como vemos en la tabla anexa, muchas de estas entidades se componen, sino totalmente, en un porcentaje muy alto de capital extranjero:
Bancos | % participación | Origen |
de activos | del capital | |
Scotiabank | 5.57 | Canadá |
Promerica | 1.75 | Nicaragua |
Banesco | 1.64 | Venezuela |
Citibank | 0.91 | Estados Unidos |
Lafise | 0.59 | Nicaragua |
Adopem | 0.35 | España |
JMMB | 0.17 | Jamaica |
Bancamerica | 0.12 | Venezuela |
Activo | 0.07 | Venezuela |
Bellbank | 0.05 | Venezuela |
Atlantico | 0.04 | Venezuela |
Para dar respuesta a dichas interrogantes de nuestros clientes, nos dirigimos siempre a la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02, la cual establece en su artículo 34 los tipos de entidades intermediación financiera privadas y accionarias que pueden operar, que, son los bancos múltiples, bancos de ahorro y crédito, y corporaciones de créditos.
La referida Ley en su artículo 35, establece la forma en que se podrá operar una nueva entidad de intermediación financiera, para lo cual se deberá obtenerse la autorización previa de la Junta Monetaria, que sólo podrá ser denegada por razones de legalidad y no de oportunidad.
El artículo 39, de la Ley Monetaria y Financiera, habla sobre la participación de la Inversión Extranjera en la actividad de intermediación financiera nacional la cual podrá realizarse bajo cuatro modalidades:
- Mediante la adquisición de acciones de bancos múltiples, bancos de ahorro y crédito, y corporaciones de crédito existentes, por parte de bancos y otras entidades financieras, así́ como por personas físicas.
- Mediante la constitución de entidades de intermediación financiera de carácter accionario, conforme a las disposiciones de la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02.
- Bajo la modalidad de filial, mediante el establecimiento de bancos múltiples y entidades de crédito propiedad de bancos y otras entidades financieras.
- Mediante el establecimiento de sucursales de bancos constituidos con arreglo a la legislación de otros países.
Es posible que la baja participación accionaria extranjera en el sistema financiero dominicano, responda al tamaño, concentración, estructura y factores regulatorios que inciden en la eficiencia del mercado bancario dominicano.
La Ley No. 16-95 Sobre Inversión Extranjera en República Dominicana, otorga inventivos especiales a personas extranjeras y personas físicas nacionales residentes en el exterior que realicen aportes a una empresa que opere en la República Dominicana. Regula las formas y tipos de inversión extranjera, sus destinos, derechos y obligaciones de los inversionistas entre otros.
Si tienes inquietudes respecto de la Inversión extranjera en la República Dominicana, o específicamente el el rubro de Zona Franca o entidades de intermediación financiera, no dudes en contactarnos.
Virgilio Santana Ripoll
Santana Ripoll & Asociados